¿Cómo Acceder al Programa de Subsidio a la Vejez?

¿Cómo Acceder al Programa de Subsidio a la Vejez en 2024?

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Te traemos la última información sobre el Programa de Subsidio a la Vejez en Sisbén Colombia. Conoce las fechas de pago, los requisitos de acceso y el proceso de postulación.

Descubre cómo acceder al subsidio mensual y los criterios de priorización para Ex Madres Comunitarias y Sustitutas. No te pierdas esta oportunidad de beneficiarte en este año.

Fechas de Pagos del Subsidio

Los beneficiarios ya están recibiendo las transferencias correspondientes a diciembre de 2023. El pago se realiza desde el 28 de diciembre hasta el 15 de enero de 2024. ¡Aprovecha este apoyo financiero sin costo alguno!

Valor del Subsidio Mensual

Consulta los montos según tu tiempo de permanencia en los programas del ICBF. Ajustes anuales de acuerdo al IPC. ¡Descubre cuánto puedes recibir!

Permanencia

– Más de 10 años y hasta 15 años: $408,000 en 2023.
– Más de 15 años y hasta 20 años: $476,000 en 2023.
– Más de 20 años: $498,000 en 2023.

Requisitos de Acceso al Programa

Asegúrate de cumplir con los requisitos para Ex Madres Comunitarias y Sustitutas. Desde edad hasta condición de retiro. Se garantiza el apoyo necesario.

Se detallan las condiciones para acceder al subsidio como ex madres comunitarias según el Decreto 325 de 2022:

EX MADRES COMUNITARIAS (Artículo 2.2.14.3.3 Decreto 325 de 2022):
1. Ser colombianas.
2. Mujeres con al menos 57 años o hombres con al menos 62 años sin requisitos para pensión.
3. Haber ejercido el rol de madre comunitaria por mínimo 10 años.
4. No ser beneficiario del mecanismo BEPS.
5. Acreditar retiro por desempeño del rol desde el 16 de junio de 2011, fecha de expedición de la Ley 1450 de 2011.

madres sustitutas

Proceso de Postulación y Priorización

Entérate del proceso de postulación automática por parte del ICBF. Priorización según criterios establecidos. Conoce los puntajes y cómo se construyen. ¡Prepárate para acceder al programa!

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

En el proceso de postulación, el ICBF identificará y presentará a aquellas mujeres que hayan ejercido roles de madre comunitaria o madre sustituta y que cumplan con los requisitos de ingreso al Programa.

Este procedimiento se realizará únicamente cuando haya una correspondencia exacta entre los cupos disponibles y el número de aspirantes, situación en la cual no se aplicarán criterios de priorización.

PRIORIDAD EN LA SELECCIÓN

El ICBF se encargará de identificar y dar prioridad a las ex madres comunitarias y ex madres sustitutas que cumplan con los requisitos de acceso al Programa.

Proceso de Postulación y Priorización

Entérate del proceso de postulación automática por parte del ICBF. Priorización según criterios establecidos. Conoce los puntajes y cómo se construyen. ¡Prepárate para acceder al programa!

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

En el proceso de postulación, el ICBF identificará y presentará a aquellas mujeres que hayan ejercido roles de madre comunitaria o madre sustituta y que cumplan con los requisitos de ingreso al Programa.

Este procedimiento se realizará únicamente cuando haya una correspondencia exacta entre los cupos disponibles y el número de aspirantes, situación en la cual no se aplicarán criterios de priorización.

PRIORIDAD EN LA SELECCIÓN

El ICBF se encargará de identificar y dar prioridad a las ex madres comunitarias y ex madres sustitutas que cumplan con los requisitos de acceso al Programa.

Más de 20 años – 2 puntos

3. Condición de minusvalía o discapacidad física o mental

Sí – 0 puntos

No – 2 puntos

4. Acreditación como víctima del conflicto armado

Sí – 0 puntos

No – 2 puntos

b. Puntuación para el ingreso de ex madres sustitutas

1. Edad

Entre 57 y 60 años – 4 puntos

Entre 61 y 65 años – 3 puntos

Entre 66 y 70 años – 2 puntos

Entre 71 y más años – 0 puntos

2. Duración de la participación en el Programa Hogares Sustitutos ICBF

Más de 10 años y hasta 15 años – 8 puntos

Más de 15 años y hasta 20 años – 5 puntos

Más de 20 años – 2 puntos

3. Condición de minusvalía o discapacidad física o mental

Sí – 0 puntos

No – 2 puntos

4. Acreditación como víctima del conflicto armado

Sí – 0 puntos

No – 2 puntos

El ICBF enviará al Administrador Fiduciario, durante los quince (15) primeros días hábiles del mes, la documentación para postular a las posibles beneficiarias que aspiran a ingresar al Programa de subsidio para ex madres comunitarias y ex madres sustitutas, siempre y cuando haya cupos disponibles.

ingreso al programa del subsidio a la vejez

Una vez que la información del postulante ha sido procesada y verificada, se procede a su inclusión en la nómina del ICBF, que está debidamente enlazada. Así, los postulados se convierten en afiliados al Programa de Subsidio a la Vejez de Ex Madres Comunitarias y Ex Madres Sustitutas.

Proceso de Validación de Documentos Remitidos al ICBF

Cuando se reciben los documentos de los aspirantes a ingresar al Programa de Subsidio de Ex Madres Comunitarias y Ex Madres Sustitutas, el Administrador Fiduciario realiza el procesamiento de la documentación para verificar los requisitos de cada postulante.

El resultado de este procesamiento se comunica al ICBF en el décimo (10°) día hábil posterior al procesamiento, utilizando el medio seguro acordado entre ambas partes.

Corrección de Observaciones

En el quinto (5°) día hábil después del procesamiento, el Administrador Fiduciario informa al ICBF sobre las observaciones encontradas en la documentación, instándolo a realizar las correcciones necesarias.

Una vez recibidas las observaciones, el ICBF tiene un plazo de diez (10) días hábiles para corregirlas, permitiendo que los posibles beneficiarios sean incorporados en la nómina correspondiente dentro del mes de postulación.

Si la corrección de observaciones se efectúa después del plazo establecido, el posible beneficiario se incluirá en el Programa a partir del primer día del mes de postulación, facilitando la programación y desembolso del subsidio.

Gestión de Cambios y Registro de Beneficiarios (Artículo 2.2.14.3.2 del Decreto 325 de 2022)

Conforme al artículo 2.2.14.3.2 del Decreto 325 de 2022, el ICBF asume la responsabilidad del Registro de Beneficiarios. Aquí, se registran las novedades relacionadas con el ingreso y retiro de beneficiarios, siguiendo la verificación y monitoreo de los requisitos y condiciones para ingresar y permanecer en el Programa.

Estas novedades son enviadas al Administrador Fiduciario según lo establecido en este Manual. La gestión eficiente de estos cambios garantiza un flujo efectivo y transparente dentro del Programa.